El Poder Ejecutivo de La Rioja puso en marcha un régimen estricto de pase a retiro obligatorio para los agentes estatales que cumplan con la edad y los años de aporte requeridos por el sistema previsional.
A través del Decreto N° 1.569, se promulgó la Ley N° 10.906, que modifica el artículo 25 del Decreto Ley N° 3.870/79 (Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial), estableciendo un plazo de diez días para iniciar el trámite bajo pena de perder un adicional remunerativo y fijando el cese laboral definitivo a los tres meses.
La normativa, impulsada por el Bloque Justicialista en la Cámara de Diputados bajo la coordinación de Teresita Madera, determina que la estabilidad laboral del empleado público se extinguirá al alcanzar las condiciones de la Ley Nacional N° 24.241 de jubilación ordinaria. Las dependencias estatales quedarán obligadas a entregar de forma inmediata las certificaciones de servicio y los antecedentes laborales correspondientes al personal afectado.
El texto de la reforma introduce una sanción económica inmediata en el recibo de haberes para los agentes que dilaten la gestión previsional. Si vencido el plazo perentorio de diez días corridos el empleado no acredita el inicio del trámite, el Estado provincial suspenderá automáticamente el pago del emolumento fijado por el Decreto N° 880/07 y sus modificatorias. Dicho adicional solo volverá a abonarse una vez que se presente la constancia formal ante el organismo previsional.
La modificación del estatuto acorta los tiempos de permanencia en los cargos de la administración pública. El personal intimado prestará servicios por un plazo máximo de tres meses o hasta que se otorgue de manera efectiva el beneficio jubilatorio, momento en el cual operará la baja definitiva del escalafón. Si transcurre el trimestre sin que el agente inicie la gestión, será desvinculado de manera directa del Estado, exceptuando los casos donde se justifique fehacientemente que la demora se debió a causas no imputables a su persona.
La reglamentación de la Ley 10.906 responde a la urgencia fiscal de la administración central ante la ausencia de giros discrecionales por parte del Gobierno nacional y la gestión del circulante local mediante los bonos BOCADE. El Ministerio de Hacienda busca reducir la nómina activa para contener el gasto en personal, disminuyendo conceptos no remunerativos, suplementos por antigüedad y adicionales específicos correspondientes a los tramos finales de la carrera administrativa.
La medida traslada la carga económica del sostenimiento mensual de estos agentes al sistema previsional federal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).